Llega la era de la vigilancia en exámenes universitarios a través de cámaras: la AEPD también está de acuerdo

Nuevos tiempos, nuevas medidas para los estudiantes a distancia.

Llega la era de la vigilancia en exámenes universitarios a través de cámaras: la AEPD también está de acuerdo
La AEPD no ve problema en que las universidades vigilen a sus estudiantes durante los exámenes. Unsplash
Publicado en Tecnología

La formación en nuestro país continúa siendo clásica a más no poder, por otra parte como en la mayoría de lugares. Las clases, los trabajos y proyectos y los exámenes son la piedra angular de un sistema de enseñanza que busca preparar a los futuros trabajadores con conocimientos que añadan valor a nuestra sociedad. Hace unos meses, la Agencia Española de Protección de Datos ya emitió un comunicado acerca de la utilización de reconocimiento facial en los exámenes realizados de manera remota por culpa de la pandemia, señalando que el alumno debía consentir su uso y tener garantías reforzadas.

Parece que desde entonces, algunas universidades han doblado sus esfuerzos por vigilar a los estudiantes que realizan exámenes desde casa, con la obligación de que estos añadan una segunda cámara para que los responsables de seguridad de las pruebas tengan acceso a imágenes de las manos de quien hace el examen, sus cuerpos y sus pantallas. La polémica se desató y ahora la AEPD ha vuelto a pronunciarse.

Un mero control, sin reconocimiento facial ni acceso a otro tipo de información, para evitar conductas indeseadas

Tal y como señala Javier Sempere, delegado de protección de datos del Consejo General del Poder Judicial, en el tuit que te mostramos bajo estas líneas, la AEPD ha dado su veredicto en relación a la denuncia interpuesta por varios estudiantes y colectivos frente a la Universidad Internacional de La Rioja. Parece, a juzgar por la reciente resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, que se ha archivado al causa, dado que la UNIR reconoció que el mantenimiento de la tecnología de reconocimiento facial en 2021 fue un error, aportando un certificado del proveedor de la plataforma de exámenes, SMOWLTECH.

La resolución afirma que esta segunda cámara no utiliza ningún tipo de algoritmo para tomar decisiones, sino que simplemente emite alertas al sistema y que es personal cualificado el encargado de revisar las imágenes. Además, la UNIR evaluó el riesgo del uso de esa segunda cámara y lo calificó de aceptable. Finalmente, el documento de la AEPD afirma que:

...la UNIR actualizó la Evaluación de Impacto para analizar e incluir los riesgos añadidos por el uso de la segunda cámara en los sistemas de evaluación, determinándose que el uso de una segunda cámara no supone un riesgo adicional que pueda afectar en mayor medida a los derechos y libertades de los afectados...concluyéndose que la medida es necesaria y ponderada por derivarse de ella más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto, no existiendo otra medida más ponderada para la consecución del propósito con igual eficacia.

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