¿Me pueden multar por estar tomando antidepresivos?: la respuesta es sí y te explicamos por qué

Si se conduce bajo los efectos de los antidepresivos la sanción será de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.

¿Me pueden multar por estar tomando antidepresivos?: la respuesta es sí y te explicamos por qué
Existen seis medicamentos prohibidos a la hora de conducir: el lorazepam, el alprazolam, el lormetazepam, el metamizol sódico, la metformina y el tramadol
Publicado en Motor

Todos somos conocedores de que conducir un vehículo bajo los efectos del alcohol o las drogas, además de ser dos de los supuestos más sumamente peligrosos en la carretera son dos de los motivos que más dura y severamente se sancionan por parte de la Dirección General de Tráfico. Aun así, cuando se habla de los medicamentos y si se puede conducir mientras estamos en tratamiento siempre es motivo de discusión, pues el reglamento de circulación no ofrece una respuesta del todo aclaratoria.

Y es que algunos de los medicamentos que los propios especialistas de la salud nos recomiendan ingerir para solucionar un problema de nuestro organismo pueden ser considerados como drogas o sustancias estupefacientes, como es el caso de los antidepresivos. Es por ello que en este artículo vamos a explicar por qué podemos ser multados si estamos siguiendo un tratamiento a base de antidepresivos.

Antes de comenzar con la explicación y detallar por qué se nos puede multar si nos ponemos al volante bajo los efectos de los antidepresivos es de vital importancia recalcar que si estamos siguiendo un tratamiento médico deberemos de hacerle saber a nuestro especialista que, de una u otra manera, haremos uso de un vehículo. Éste nos esclarecerá si se nos está permitido hacerlo o no.

Y es que, dependiendo de qué medicamentos estemos ingiriendo y sus posibles efectos secundarios es probable que se nos deniegue la opción de poder conducir o, al menos, se nos recomiende no hacerlo mientras dure el tratamiento. Es por ello que, antes de actuar por cuenta propia, deberemos siempre de seguir las recomendaciones de los profesionales de la salud.

¿Qué son los antidepresivos?

En primer lugar, para saber por qué la policía o la Guardia Civil nos pueden multar por estar usando antidepresivos es necesario conocer qué son, propiamente, dichos medicamentos.

Pues bien, los antidepresivos son un una serie de medicamentos de carácter psicotrópico recetados por los profesionales de la salud para tratar la depresión, diversos trastornos psicológicos, ciertos desórdenes de la conducta alimentaria y alteraciones del control de los impulsos.

Entre sus efectos secundarios se encuentran la aparición de ansiedad y agitación del cuerpo, somnolencia, alteración de la coordinación y la visión borrosa.

Estos efectos secundarios tienen una influencia muy marcada en la conducción, por lo que no se permitirá bajo ningún concepto conducir un vehículo si se ingiere algún tipo de antidepresivo, ya que supondríamos un riesgo en la carretera tanto para nosotros mismos como para el resto de conductores y peatones.

En este tipo de fármacos podemos encontrar la amitriptilina, la amoxapina, la desipramina (más comúnmente conocida como norpramin), la doxepina, la imipramina, la protriptilina o la trimipramina.

¿Y los ansiolíticos?

Junto con los antidepresivos que hemos visto con anterioridad también podríamos mencionar a los ansiolíticos, que son otro tipo de medicamento psicotrópico cuya finalidad es tranquilizar, disminuir o eliminar los síntomas de ansiedad cuando se está sufriendo un episodio depresivo.

Estos medicamentos también afectan seriamente a la conducción, por lo que si los organismos sancionadores lo consideran, podemos ser multados si estamos siguiendo un tratamiento a base de dichos fármacos y hemos decidido conducir.

¿Me pueden multar por estar tomando antidepresivos?: la respuesta es sí y te explicamos por qué

Tanto los antidepresivos como los ansiolíticos son fármacos psicotrópicos, por lo que pueden ser catalogados como drogas

Esto se debe a que sus efectos secundarios son, entre otros, la somnolencia, la disminución de la atención y la sedación del cuerpo, pues su efecto inhibidor en el organismo es muy potente.

Las dos vías por las que se me puede sancionar

Y es que si la Guardia Civil o la policía nos da el alto y decide realizarnos la prueba de drogas y estamos bajo los efectos de antidepresivos o ansiolíticos el resultado será un falso positivo y la multa será de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.

Aún así, ahora vamos a detallar las dos vías a través de las cuales se nos puede sancionar, pues existe una vía administrativa y otra penal en la que se explican los diferentes supuestos a los que nos podemos enfrentar.

Por la vía administrativa

En el artículo 14 del Real Decreto 6/2015 se enuncia que "no puede circular por las vías objeto de esta ley el conductor de cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo, de las que se excluyen aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción"

Por lo tanto, estos fármacos podrían catalogarse como sustancias prohibidas y, al ser catalogados como tal, serían valorados como drogas. Aunque las probabilidades son bajas y estas multas escasas -puesto que no existe un test reactivo para psicofármacos-, si al conductor se le realiza un análisis de sangre, estaría obligado a presentar las prescripciones de dichos medicamentos.

¿Me pueden multar por estar tomando antidepresivos?: la respuesta es sí y te explicamos por qué

Si se usa el amparo de la vía penal, la sanción económica y la pérdida de puntos por conducir bajo los efectos de los antidepresivos será irrevocable

Esto quiere decir que si se nos realiza una prueba de drogas en un control policial y el resultado es un falso positivo deberíamos de aportar los documentos y pruebas pertinentes para demostrar fehacientemente que no conducíamos bajo los efectos de ninguna droga, sino de antidepresivos o ansiolíticos.

Por la vía penal

Según la Ley Orgánica 10/1995, en el artículo 379.2 enuncia que "el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años"

Esto quiere decir que, a ojos de la vía penal, conducir bajo los efectos de fármacos antidepresivos o ansiolíticos serían motivo de multa y se mantendrían los 1.000 euros de sanción y la pérdida de 6 puntos en la licencia de conducir.

Aunque tal y como hemos mencionado anteriormente esta posibilidad es bastante baja, lo cierto es que existe, y si la justicia se ampara bajo el paraguas de la vía penal, la sanción se mantendría como si hubiese sido impuesta a un conductor que conducía bajo los efectos de la cocaína, la marihuana u otro estupefaciente.

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