Requisitos para renovar el carnet de conducir si eres mayor de 65 años

Renovar el permiso de conducir será más complicado para las personas mayores con las nuevas directrices de la DGT.

Requisitos para renovar el carnet de conducir si eres mayor de 65 años
Disponer de la graduación adecuada es un requisito básico para poder renovar el permiso de conducir, no solo cuando nos acercamos a la tercera edad
Publicado en Motor

El Permiso B de conducir tiene un periodo de validez. Una vez aprobamos el examen práctico que nos da derecho a circular con un coche, tenemos que volver a pasar por una revisión médica a los 10 años si queremos seguir disfrutando de la licencia. La única excepción a esta regla es la edad. Conforme nos vamos haciendo mayores, nuestra vista, los oídos y nuestros reflejos van mermando. Por ello, la DGT nos obliga a renovar el carnet cada pocos años. Recientemente, se han realizado varios cambios en este aspecto, especialmente para los conductores que alcanzan los 65 años.

En los últimos años, la Dirección General de Tráfico se ha puesto bastante más seria con el tema de la edad. Hasta ahora, podríamos decir que no se le exigía más a un conductor mayor de 65 que a cualquier otro. Sin embargo, las normativas se han actualizado. Si tienes más de 65 años, o si te acercas ya a los 70 y quieres o necesitas seguir conduciendo, lee atentamente toda la información que vamos a proporcionarte en este artículo, pues es importante que estés informado de este nuevo cambio de reglamento.

La DGT se lo pone algo más difícil a los mayores de 65

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En España, es necesario pasar una serie de controles médicos para poder renovar la licencia de conducir

Según datos recogidos por la Unión Europea, el 30% de las personas que mueren en accidentes de tráfico son mayores de 65 años. El envejecimiento de la población de nuestro continente puede ser la principal causa de esa cifra —es pura aritmética—, pero también tiene influencia en el dato la peor destreza y reflejos de los conductores mayores.

Para minimizar el número de accidentes con personas mayores involucradas, la DGT ha estudiado —junto a otros organismos europeos—, una serie de soluciones. Los periodos de renovación del Permiso B ahora serán más cortos. Además, junto al clásico test psicotécnico y de reflejos, habrá que aprobar también una prueba de aptitudes físicas.

Periodos de renovación del Permiso B1 por edad

Con la actualización del reglamento, los periodos de renovación del Permiso B quedan establecidos de la siguiente forma:

  • Entre los 18 y los 64 años, la renovación se hará cada 10 años.
  • Entre los 65 y los 69 años, el permiso se tendrá que renovar cada 5 años.
  • Para los mayores de 70 años, la renovación ahora se tendrá que hacer cada 2 años.

¿Qué tengo que tener en cuenta para renovar el carnet de conducir si soy mayor de 65?

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Los plazos de renovación del Permiso B se reducen a partir de los 65 años para reducir la mortalidad

Por el momento, las pruebas que te van a realizar van a ser las mismas que a otros conductores. Los conductores de más de 65 años tendrán que pasar por un reconocimiento médico donde se medirá principalmente la vista, el oído y la capacidad de reacción ante determinados estímulos. Durante la misma prueba, se realizan una serie de preguntas como parte del test psicotécnico.

En el caso de los mayores de 70 años, la DGT ha anunciado que se realizarán una serie de pruebas físicas a los conductores. Sin embargo, todavía no se han anunciado, por lo que todavía no deberías preocuparte. A priori no parecen pruebas demasiado demandantes, sino más bien una serie de ejercicios que demuestren que la persona sigue teniendo la destreza suficiente para hacer una conducción correcta, como practicar una esquiva o pegar un pisotón con la fuerza suficiente como para detener el vehículo durante una emergencia.

Lo que sí debes tener presente a la hora de renovar el carnet es si te han diagnosticado alguna enfermedad grave recientemente. En el siguiente apartado hemos enumerado todas las condiciones que son limitantes o incompatibles para conducir. Si has sufrido alguna de esas enfermedades, tendrás que entregar durante la revisión un reconocimiento médico de un especialista que garantice que te encuentras en las condiciones correctas para manejar un vehículo.

Enfermedades incompatibles con el carnet de conducir

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Existen enfermedades que, por desgracia, son incompatibles con la capacidad de conducir

Existen una serie de enfermedades que son causa inmediata de retirada del carnet de conducir. En caso de que aparezcan sin previo aviso, es importante que el usuario sepa que, en la mayoría de los casos, no podrá renovar el permiso. Otras enfermedades sí son compatibles, pero será necesario esperar un tiempo para que se pueda determinar si es posible o no seguir conduciendo.

Enfermedades y trastornos cardíacos

  • Arritmias: necesitarán esperar medio año para extender su licencia, a menos que tengan un informe favorable de un cardiólogo. Si el informe es positivo, el permiso de conducir volverá a ser válido, aunque únicamente durante un año hasta la siguiente renovación.
  • Prótesis valvulares y ataque al corazón agudo: los conductores con esta afección deberán esperar tres meses para renovar su permiso de conducir y se requerirán exámenes regulares para su prolongación.
  • Personas con marcapasos o desfibrilador automático: pueden renovar su licencia después de unos meses de la implantación, pero no pueden conducir durante las semanas de reposo tras la operación.

Condiciones psiquiátricas

Las personas que sufren ciertas condiciones psiquiátricas no estarán habilitadas para conducir, a menos que tengan un informe médico que certifique que la afección es leve. Las más importantes que recoge el reglamento son las siguientes:

  • Demencia y trastorno de ansiedad
  • Trastorno de personalidad
  • Depresión
  • Trastorno del sueño
  • Trastorno obsesivo-compulsivo
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • Trastorno del déficit de atención con hiperactividad (TDH)
  • Abuso y dependencia de sustancias (alcohol y drogas)

Enfermedades degenerativas

Las condiciones que enumeramos a continuación son incompatibles con la conducción y, por lo tanto, la renovación de la licencia no está permitida:

  • Alzheimer
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Temblor esencial
  • Enfermedad obstructiva crónica de pulmón
  • Distrofia muscular
  • Osteoporosis
  • Parkinson
  • Artritis reumatoide

Enfermedades y dificultades asociadas a la visión

Los problemas de la vista suelen ser los más comunes que impiden la renovación de una licencia. Las afecciones más riesgosas incluyen el glaucoma y las cataratas. Ambas requerirán un informe positivo de un oftalmólogo, y aquellos con cataratas también deberán esperar un mes después de la cirugía para renovar su licencia.

Enfermedades y afecciones respiratorias

  • Apnea del sueño: la renovación de la licencia no será posible con un índice de 15 o más. Bajo otras circunstancias, se podrá renovar con un informe médico favorable.
  • Disnea constante en reposo o con esfuerzo leve: en estos casos, no será posible renovar la licencia.

Otras enfermedades y afecciones

  • Diabetes Mellitus dependiente de insulina o con medicación hipoglucemiante: con un informe positivo se permitirá renovar la licencia entre uno y cinco años.
  • Crisis o pérdida de conciencia: si ha ocurrido durante el último año, no se podrá renovar la licencia.
  • Epilepsia: la validez de la renovación será de uno a diez años, dependiendo de la fecha de la última crisis y siempre que haya un informe médico positivo.
  • Trastornos oncohematológicos: por regla general, no podrán renovar su licencia de conducir hasta que hayan pasado 10 años desde la remisión completa de la enfermedad. Si no hay alteraciones graves y se presenta un informe positivo, la licencia se puede renovar por un año.
  • Condiciones oncológicas: el individuo debe estar libre de enfermedad y tratamiento para poder renovar la licencia por un período de uno a cinco años.

¿Hay alguna multa por no notificar a la DGT una enfermedad incapacitante?

Sí. No avisar de una enfermedad importante es una infracción grave. Si nos pillan, tendremos que pagar a la DGT multas de hasta 6.000 euros.

¿En qué momento deberíamos dejar de conducir?

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Existe un gran debate sobre si debería o no existir edad límite para dejar de conducir

Hay personas que, una vez alcanzan una edad, deciden por motu proprio dejar de conducir. Otras, sin embargo, hacen todo lo posible por seguir teniendo derecho a ello, a pesar de no reunir las aptitudes necesarias para seguir moviendo un vehículo con seguridad.

Cada persona es un mundo. Por ese motivo, establecer una edad a partir de la cual fuera ilegal conducir sería tremendamente injusto para todas esas personas que envejecen bien y siguen teniendo destreza y lucidez mental, incluso a edades muy altas. No existe ni debería existir una edad límite para dejar el volante.

Sin embargo, puede darse el caso de que tengamos el carnet vigente y que no reaccionemos bien a la conducción. Por ese motivo, hemos elaborado una lista de situaciones bastante recurrentes que experimentan las personas que comienzan a no ser aptas para la conducción. Si ves a alguien reflejado mientras la lees —o te ves tú mismo—, es posible que sea mejor dejar el coche aparcado para no experimentar riesgos innecesarios:

  • Inseguridad al volante: el conductor se desplaza sin tomar decisiones claras, como si no tuviera control completo del vehículo.
  • El copiloto tiene que intervenir: ya sea indicando que frene o tomando control del volante para evitar un accidente.
  • El conductor se queja más asiduamente de 'lo mal que conducen otros usuarios', especialmente de aquellos que aparecen 'de la nada'. Usualmente, esto se debe a un fallo de anticipación y reflejos.
  • Mayor número de accidentes y roces con otros vehículos y columnas.
  • Aumento del número de equivocaciones y despistes, incluso en los recorridos habituales, tales como saltarse un ceda el paso, entrar por una dirección prohibida o ignorar un Stop.
  • Pitidos y quejas constantes de otros conductores: debido a las equivocaciones al volante o a los propios despistes.
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