Qué carnet de conducir se necesita para poder llevar una moto de 125 centímetros cúbicos
Existen dos vías: obteniendo el permiso A1 de conducir o tener al menos tres años de antigüedad con el carnet B

Los atascos, las grandes aglomeraciones de gente y las nuevas restricciones de movilidad -sobre todo en las grandes ciudades- han provocado que muchos conductores hayan buscado nuevas 'fórmulas' para moverse por las calles de nuestras ciudades. Y es que hay alternativas para todos los tipos: desde el transporte público hasta los Vehículos de Movilidad Personal pasando, incluso, por las bicicletas eléctricas.
Aun así, muchos son los que prefieren seguir moviéndose -ya sea por la ciudad e incluso por el campo- con otro tipo de vehículo también muy eficiente, práctico e incluso eléctrico debido al enorme auge de la electrificación en el sector, como lo son las motocicletas.
Es por ello que en este artículo vamos a repasar qué tipo de carnet de conducir se necesita para conducir una motocicleta de 125 centímetros cúbicos, lo que englobará todo tipo de ciclomotores y cualquier otro tipo de vehículo de dos o tres ruedas cuya cilindrada no supere los 125 cc o los 11 kW de potencia nominal.
- Vía 1: obtener el permiso A1
- Vía 2: tener al menos tres años de experiencia con el carnet B
- Qué sanciones me pueden imponer por conducir una moto sin carnet
- Qué vehículos puedo conducir si no poseo ni el carnet AM, ni el A1 ni el B
Vía 1: obtener el permiso A1
Esta vía es la más sencilla, pues si nuestro deseo es poder conducir una motocicleta de hasta 125 centímetros cúbicos (si es de combustión) o de 11 kW de potencia nominal (en el caso de que sea eléctrica), deberemos de examinarnos de dicho permiso en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico.
Este permiso brinda la oportunidad a todo aquel que lo apruebe de poder conducir cualquier vehículo de dos ruedas (ya sea un ciclomotor, un triciclo o una motocicleta con sidecar) de hasta 125 centímetros cúbicos, pues en el momento en el que obtenemos el carnet A1 se nos convalidará de manera instantánea el carnet AM (que permite conducir ciclomotores de hasta 49cc o 4 kW de potencia).
En cuanto a las prestaciones de los vehículos que se pueden conducir con este carnet, las motocicletas eléctricas de tres ruedas no podrán tener más de 15 kW de potencia y su peso en vacío deberá ser inferior a los 550 kilogramos.
Eso sí, para la obtención de este permiso, deberán de cumplirse una serie de requisitos y superar una serie de pruebas que expondremos a continuación
Requisitos para obtener el carnet A1
- En primer lugar deberemos de ser mayores de 16 años.
- Deberemos de superar un test psicotécnico que nos evalúe como aptos para presentarnos a los exámenes.
Pruebas a superar para obtener el carnet A1
- Aprobar un examen teórico en el que se evaluarán nuestros conocimientos sobre la materia.
- Superar un examen práctico en un circuito cerrado (popularmente conocido como un examen de maniobras).
- Superar un examen práctico en circulación abierta al tráfico.
Cada una de estas pruebas es excluyente, por lo que si no superamos alguna de ellas, nunca podremos acceder a la siguiente... y como consecuencia, no obtendremos el permiso.
Vía 2: tener al menos tres años de experiencia con el carnet B
Es la vía alternativa a la consecución del permiso A1, pues si no deseamos examinarnos de dicho permiso, deberemos de aprobar el permiso de conducir B una vez cumplamos los 18 años y esperar tres años más para poder conducir motocicletas con esas especificaciones.

Para poder obtener el carnet A1 deberemos de superar un examen teórico y dos prácticos: uno en circuito cerrado y otro en circulación abierta al tráfico
Si hemos obtenido nuestra licencia B de conducir (la que coloquialmente se conoce como 'el carnet de conducir' que permite manejar vehículos de hasta 3.500 kilogramos) a la edad de 18 años, en el momento en el que cumplamos 21 se nos permitirá conducir cualquier tipo de motocicleta de hasta 125 centímetros cúbicos o 11 kW de potencia nominal.
En definitiva, podemos conducir motocicletas con dichas estipulaciones a través de cualquiera de las dos vías mencionadas con anterioridad.
Además, en cuanto a los triciclos y cuadriciclos, las prestaciones de éstos pueden superar los 125cc siempre y cuando se encuentren homologados. En cuanto a los requisitos, son los siguientes.
- Los triciclos homologados (categoría L5e) y los cuadriciclos de más de 125cc deberán de tener un pedal de freno que actúe sobre el eje delantero y trasero, los intermitentes tendrán que sobresalir de la carrocería, deberán disponer de freno de estacionamiento y la anchura del tren delantero tendrá que ser de al menos 460 milímetros.
Qué sanciones me pueden imponer por conducir una moto sin carnet
Las multas a las que nos enfrentamos si conducimos sin carnet son varias y, además, bastante costosas para nuestro bolsillo y para nuestro 'historial delictivo'. Y es que si las fuerzas de seguridad nos paran y descubren que estamos conduciendo una motocicleta de 125 centímetros cúbicos sin carnet nos expondremos ante sanciones categorizadas como graves.
Por ejemplo: si poseemos el carnet AM (permite conducir ciclomotores de hasta 49cc) y estamos conduciendo una motocicleta de 125 centímetros cúbicos, la multa que se nos impondrá será de 500 euros y una sanción de cuatro puntos en nuestro carnet de conducir.
Por si fuera poco, si la motocicleta no se encuentra a nuestro nombre (sino que, por ejemplo, se encuentra al de nuestros padres o al de un amigo cercano) dicha multa también será impuesta al propietario de la moto, pues se le reconocerá como consentidor y sabedor de la situación.
Si por el contrario somos parados por la policía, se nos descubre manejando una motocicleta de 125 centímetros cúbicos o de 11 kW de potencia nominal sin poseer ningún tipo de carnet (ni el A1 ni el B) y además somos reincidentes la multa que se nos impondrá será mucho más severa.
Nos enfrentaremos a una pena de prisión de entre tres y seis meses y estaremos obligados a pagar una multa económica o realizar trabajos comunitarios entre uno y tres meses.
Qué vehículos puedo conducir si no poseo ni el carnet AM, ni el A1 ni el B
Si no se posee ninguno de estos tres famosos permisos que han aparecido a lo largo del artículo tenemos otras posibilidades más allá que la de recurrir al transporte público o a ir andando, como lo son las siguientes:
- Podemos decantarnos por los patinetes eléctricos o los vehículos de movilidad personal, cuya variedad de elección es enorme, es un mercado boyante con cada vez más innovación y con una normativa recientemente regulada en nuestro país.
- O por las bicicletas eléctricas, un mercado que ha embaucado hasta a las mejores marcas y fabricantes de coches y motos, quienes han sado el salto a los pedales y a la electrificación sorprendiendo a propios y extraños con modelos económicos y respetables con el medio ambiente que están causando furor en cientos de personas.